La crisis económica, la energética, el alza de los precios, la guerra de Ucrania, la sequía… los españoles tenemos muchas preocupaciones en la cabeza y es normal que no podamos estar atentos a todo, y más si es algo que no miramos a diario y en muy pocas ocasiones sacamos de la cartera, como es el carnet de conducir. Bien sea por olvido, por dejadez, o por el “hoy no puedo, mañana lo hago” muchos españoles acaban circulando con el carnet caducado, de hecho, según datos que maneja www.amv.es, la empresa líder en la comercialización online de seguros de motos, uno de cada diez españoles conduce con el carnet caducado.
Pero mucho ojo, porque, el no darse cuenta o el haberse olvidado no exime de nuestra responsabilidad de conducir un vehículo con el carnet caducado, una multa, que nos toque pagar los desperfectos de nuestro vehículo, incluso del contrario son solo algunas de las consecuencias que puede tener para nosotros. Renovarlo es fácil y relativamente barato, pero hay veces que nos podemos llevar una sorpresa y que nos denieguen su renovación. Por ello, los expertos de AMV nos cuentan todo lo que debemos saber sobre la renovación del carnet de conducir:
1. ¿Cada cuánto hay que renovar el carnet de conducir?
Lo primero que hay que saber es que podemos renovar nuestro carnet de conducir hasta tres meses antes de que caduque, esto significa que tenemos bastante tiempo y seguro que podremos encontrar una fecha, un horario y un centro que se adapte a nuestras necesidades. En cuanto a su caducidad, depende del tipo de licencia o permiso. En circunstancias normales, estos son los plazos de renovación:
– Licencia de ciclomotor, carnets de moto (AM, A1, A2 y A) y carnet B: se renuevan cada 10 años hasta los 65 años. Y a partir de esa edad, cada cinco años.
– Permisos profesionales (C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E): hasta que el conductor no cumpla 65 años, el periodo de vigencia es de cinco años. Posteriormente, estos carnets deben renovarse cada tres años.
2. ¿Cómo renovar el carnet de conducir?
La buena noticia es que no tendremos que volver a examinarnos de nada, solo será necesario que paguemos una tasa de 24,58 euros, que para los mayores de 70 años es gratuito, y que superemos un reconocimiento médico conocido como test psicotécnico. Este test sirve para valorar las capacidades físicas y psicológicas de la persona que va a renovar su carnet, y consiste en las siguientes pruebas:
– Preguntas sobre salud y hábitos personales.
– Medición de la presión arterial y auscultación pulmonar.
– Prueba de agudeza visual.
– Test de capacidad auditiva y audiometría.
– Pruebas de movilidad, fuerza y coordinación.
– Test psicológico.
Es posible realizar la renovación tanto presencialmente, en un centro de reconocimiento de conductores, o una jefatura u oficina de Tráfico, como a través de Internet. Si se opta por la primera opción, en un centro asociado a la DGT, allí mismo podremos pasar el test psicotécnico y sus profesionales se encargarán de hacer todo el papeleo y realizarnos la foto que irá en nuestro carnet. ¡Una preocupación menos!
En los otros dos casos deberemos de conseguir nosotros el informe favorable del test. Depende de las Comunidades, pero el precio del test suele estar entre 40 y 60 euros. Además deberemos rellenar una solicitud escrita en un impreso oficial, pagar la tasa mencionada, acudir con el DNI, pasaporte o Tarjeta de residencia, en vigor y aportar una foto actual de 32 x 26 mm. Ojo con hacernos nosotros mismos la foto, porque esta tiene que cumplir una serie de requisitos:
– Tiene que ser reciente.
– Tiene que ser en color, no se aceptan fotografías en blanco y negro.
– Se tiene que apreciar perfectamente nuestro rostro de frente, en su totalidad, en primer plano y centrado en la imagen, por lo que no se pueden utilizar fotos de perfil.
– Nuestra cabeza no puede estar cubierta por ningún sombrero o gorra, ni podemos llevar gafas de sol ni hacer muecas.
– La fotografía debe de tener fondo blanco y estar bien iluminada. No sirven fondos de otro color, ni que nuestra imagen aparezca borrosa, oscura o distorsionada.
La conclusión es que, aunque presentar todos los documentos por nuestra cuenta nos puede salir algo más barato, renovar el carnet de conducir en un Centro asociado a la DGT es más cómodo, rápido y seguro, además, habrá que acudir igualmente para pasar el psicotécnico.
Hay que recordar, que si se han perdido todos los puntos del carnet de conducir no se podrá renovar, primero habrá que realizar un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas lectivas de duración y habrá que superar una prueba teórica sobre los conocimientos adquiridos en dicho curso en la Jefatura Provincial u Oficina Local de Tráfico.
3. ¿Me pueden denegar el carnet por causas médicas?
Con las pruebas del test psicotécnico se determina si una persona es apta para la conducción. La inmensa mayoría de los conductores lo suele pasar sin problema pero un informe desfavorable en estas pruebas por parte del centro de reconocimiento puede suponer la denegación de la renovación del carnet de conducir.
Además de un informe negativo, padecer incapacidad visual o auditiva, enfermedades graves, crónicas o irreversibles, deficiencias en el sistema locomotor o incluso debido a una baja estatura, condicionan la renovación de una licencia o permiso de conducción. Si es así, los candidatos han de presentar un informe médico favorable y se evaluará su situación en cada caso determinado.
4. ¿Cuánto tiempo tardan en enviar el nuevo carnet?
Una vez que hayamos superado el test psicotécnico y hayamos realizado todos los trámites, así como haber pagado las tasas nos enviarán nuestro nuevo carnet a nuestro domicilio en un plazo de unos 90 días, aunque antes, nos entregarán uno provisional con una validez de tres meses. Dicho documento nos autoriza a conducir un vehículo a motor o un ciclomotor hasta que tengamos el definitivo.
Hay que tener en cuenta que si queremos organizar una ruta por el extranjero el carnet de conducir provisional solo tiene validez en España.
5. ¿Cuánto tiempo se puede tener el carnet de conducir caducado?
En este apartado hay que distinguir entre tener el carnet de conducir caducado y circular con el carnet caducado, en el primer caso no hay un tiempo estipulado para renovarlo, así que, la respuesta es muy simple, tanto tiempo como queramos, días, meses o incluso años, lo único que tendremos que hacer cuando queramos renovarlo es seguir los pasos mencionados anteriormente. Otra cosa es circular con el carnet caducado, en ese caso, no estará permitido circular desde el día siguiente a su caducidad.
6. ¿Qué pasa si circulo con el carnet caducado y me para la policía? ¿y si tengo un accidente?
Lo primero que debemos decir es que para poder circular con nuestro vehículo debemos llevar siempre encima el carnet de conducir, bien sea físicamente, o en nuestro Smartphone con la app oficial miDGT. En el caso de conducir una moto, el carnet que llevemos deberá corresponderse con el tipo de motocicleta que estemos conduciendo. No llevar encima el carnet de conducir nos puede suponer una multa de diez euros, llevarlo con datos erróneos, como haber cambiado la dirección, 80 euros, y circular en una moto para la que no tenemos permiso, como una de mayor cilindrada, nos puede costar una sanción de 500 euros y la pérdida de 4 puntos.
En el caso de tener el carnet caducado, actualmente, la sanción económica es de 200 euros. De igual manera, conviene ser consciente de que además, está tipificado como delito que se castiga con pena de prisión de tres a seis meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Por último, si somos culpables en un accidente de tráfico con contrario, nuestro seguro cubrirá la responsabilidad civil obligatoria frente a terceros, pero en una situación así, la entidad aseguradora podrá reclamarnos el importe indemnizado basándose en que ocasionamos un accidente con un permiso de conducción sin vigencia. En ningún caso cubrirá nuestros desperfectos aunque tengamos el vehículo asegurado a todo riesgo.